SECRETARÍA DE LA JUVENTUD, NACIONALIZACIÓN DEL COBRE
Y CREACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL CAMPESINO

Plaza de la Constitución, 21 de diciembre de 1970

En: ALLENDE A 50 AÑOS DE SU ELECCIÓN. DISCURSOS FUNDAMENTALES
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/BCN, 2020

“Me acompañan en esta tribuna, como símbolo de los que se reúnen en esta plaza, tres compañeros que representan a la juventud, a los campesinos y a los compañeros del pueblo.

Tal como reiteradamente lo dijéramos, el Gobierno Popular siempre informará al pueblo sobre sus actos y las proyecciones que ellos tendrán sobre la vida de Chile y de cada uno de los chilenos. Esta tarde los hemos convocado para que comprendan la importancia trascendental que tiene el acto que vamos a ejecutar y en el cual son protagonistas la juventud, los campesinos y los trabajadores del cobre.

La juventud no podía ser espectadora de este gran proceso de transformación económica y social de Chile, la juventud es protagonista fundamental de esta etapa de la vida patria. (…) Hoy iniciamos un hecho de honda significación solidaria y humana. La juventud chilena recorrerá los valles, los campos, las aldeas, las poblaciones, llevando el mensaje redentor, la voluntad, la decisión creadora y revolucionaria del Gobierno Popular. (…)

La juventud tendrá que ser factor esencial en la transformación que esta sociedad injusta reclama, para dar paso a una nueva sociedad. La presencia de la juventud es tanto o más necesaria cuando en nuestro país -podemos decir con orgullo que somos un pueblo joven- más del 60% de la población tiene menos de 30 años; más de 4 millones 600 mil chilenos son menores de 30 años. (…) La juventud de la Unidad Popular debe ser el ejemplo en el trabajo, en el estudio, en la lealtad al pueblo y en la vocación heroica por servir a Chile por sobre todas las cosas.

Secretaría de la Juventud

Como una necesidad del Gobierno, frente a ustedes, esta tarde auspiciosa, firmaré el decreto que crea la Secretaría General de la Juventud:

Artículo 1 Créase la Secretaría General de la Juventud, dependiente de la Presidencia de la República, cuyo objeto será cooperar en la formulación y ejecución de planes en la política relativa a la juventud.

Artículo 2 Corresponderá a la Secretaría General de la Juventud proponer al Ejecutivo planes concretos, relativos a la participación organizada

(p. 57 a)