Plaza de la Constitución, 21 de diciembre de 1970

En: ALLENDE A 50 AÑOS DE SU ELECCIÓN. DISCURSOS FUNDAMENTALES
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile/BCN, 2020

“Me acompañan en esta tribuna, como símbolo de los que se reúnen en esta plaza, tres compañeros que representan a la juventud, a los campesinos y a los compañeros del pueblo.

Tal como reiteradamente lo dijéramos, el Gobierno Popular siempre informará al pueblo sobre sus actos y las proyecciones que ellos tendrán sobre la vida de Chile y de cada uno de los chilenos. Esta tarde los hemos convocado para que comprendan la importancia trascendental que tiene el acto que vamos a ejecutar y en el cual son protagonistas la juventud, los campesinos y los trabajadores del cobre.

La juventud no podía ser espectadora de este gran proceso de transformación económica y social de Chile, la juventud es protagonista fundamental de esta etapa de la vida patria. (…) Hoy iniciamos un hecho de honda significación solidaria y humana. La juventud chilena recorrerá los valles, los campos, las aldeas, las poblaciones, llevando el mensaje redentor, la voluntad, la decisión creadora y revolucionaria del Gobierno Popular. (…)

La juventud tendrá que ser factor esencial en la transformación que esta sociedad injusta reclama, para dar paso a una nueva sociedad. La presencia de la juventud es tanto o más necesaria cuando en nuestro país -podemos decir con orgullo que somos un pueblo joven- más del 60% de la población tiene menos de 30 años; más de 4 millones 600 mil chilenos son menores de 30 años. (…) La juventud de la Unidad Popular debe ser el ejemplo en el trabajo, en el estudio, en la lealtad al pueblo y en la vocación heroica por servir a Chile por sobre todas las cosas.

Secretaría de la Juventud

Como una necesidad del Gobierno, frente a ustedes, esta tarde auspiciosa, firmaré el decreto que crea la Secretaría General de la Juventud:

Artículo 1 Créase la Secretaría General de la Juventud, dependiente de la Presidencia de la República, cuyo objeto será cooperar en la formulación y ejecución de planes en la política relativa a la juventud.

Artículo 2 Corresponderá a la Secretaría General de la Juventud proponer al Ejecutivo planes concretos, relativos a la participación organizada de la juventud en las grandes iniciativas de trabajos voluntarios, alfabetización, forestación, construcción de casas, por ejemplo, divulgación y ejecución de medidas de gobierno, difundir el Programa de la Unidad Popular y elevar el nivel político de las masas chilenas. Preocuparse especialmente de los problemas específicos de la juventud, ya sea en materia relativa a educación, trabajo, salud, alimentación, recreación o deporte; coordinación con las entidades estatales, muy en especial con la Subsecretaría de Educación, Dirección de Deportes del Estado, oficina de Planificación, Departamento de Cultura del Ministerio de Educación, Dirección de Turismo, Ministerio del Trabajo, Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y, en general, con los ministerios, subsecretarías y direcciones generales.

Su vinculación también deberá ser estrecha con el Ministerio de la Familia, cuyo proyecto enviaremos al Congreso Nacional (…).

Artículo 3° La Secretaría General de la Juventud estará integrada por seris representantes designados por el presidente de la República, sobre la base de las insinuaciones que hagan los dirigentes nacionales del Comando Juvenil de la Unidad Popular. Los miembros que integren la Secretaría General de la Juventud no percibirán rentas por las funciones que desempeñen. La Secretaría General de la Juventud podrá solicitar de los organismos públicos todos los antecedentes, informes o servicios que estime convenientes para el mejor desempeño de su cometido, los cuales la deberán prestar u otorgar al más breve plazo.

Artículo transitorio: La Subsecretaría General de la Juventud estará anexa a la presidencia de la República.

Con esto quiero señalar la importancia que le doy a esta Secretaría y la presencia de la juventud en el Gobierno Popular y en la lucha de nuestro pueblo. Voy a firmar el decreto respectivo”. (pp. 57-61)